A- de 2015
Ponente Martha Victoria Sáchica Méndez
✓Demandante Zully Elvira Cortesw Marino Vs Secretario De Hacienda Del Distrito De Barranquilla
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia de Juzgado Civil Municipal
- Decreto 1382 de 2000 no establece competencia sino reglas de simple reparto
- Normas que determinan la competencia
- Remisión expediente a quien se repartió en primer lugar
- Reiteración auto A124/09
- Competencia para dirimir conflictos de competencia
- Competencia residual cuando autoridades judiciales carezcan de superior jerárquico común
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre la Subsección A de la Sección Segunda del Consejo de Estado y el Juzgado Veinte Civil Municipal de Barranquilla, en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.
Se reitera jurisprudencia referente a la Competencia de la Corte Constitucional para dirimir los conflictos de competencia en materia de tutela y, sobre las normas que determinan esta competencia.
Se decide el asunto ordenando la remisión del expediente al Juzgado Veinte Civil Municipal de Barranquilla, para que de manera inmediata adopte una decisión de fondo en primera instancia.
Se advierte a esta autoridad judicial, que en adelante debe acatar debidamente la consolidada línea jurisprudencial que sobre el tema ha trazado la Corte, a fin de evitar que en el futuro adopte decisiones idénticas a las resueltas en este caso.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS la providencia proferida por el Juzgado Veinte Civil Municipal de Barranquilla, el quince (15) de septiembre de 2014, dentro de la acción de tutela promovida por Zully Elvira Cortes Marino contra el Secretario de Hacienda del Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla.
- Segundo. REMITIR al Juzgado Veinte Civil Municipal de Barranquilla, el expediente que contiene la acción de tutela anteriormente referida (expediente ICC-2096), para que de manera inmediata adopte una decisión de fondo en primera instancia.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado Veinte Civil Municipal de Barranquilla para que en adelante acate debidamente la consolidada línea jurisprudencial que, en materia de conflictos de competencia, ha trazado esta Corte, a fin de evitar que en el futuro adopte decisiones idénticas a la que asumió en el sub examine.
- Cuarto. Por Secretaría General, COMUNICAR a la Subsección A de la Sección Segunda del Consejo de Estado la decisión adoptada en esta providencia, con el fin de que se entere de lo resuelto por esta Corporación en relación con el ni siquiera aparente conflicto de competencia planteado.
- Comuníquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.